Entrada nro 30 del blog, poco a poco parece que escribo.
Este post es para dar las gracias por el apoyo moral a las personas que vinieron a la charla-taller sobre el uso del DNI electrónico y de paso colgar la "chuleta" que usé en la misma.
DNI vs. DNI-E
Es más seguro ya que cuenta con muchas medidas de
seguridad para evitar su falsificación y los datos son grabados en la tarjeta
con láser.
Más resistente porque está fabricado en
policarbonato para que no sufra deterioros.
Además con él podemos realizar trámites a través de
Internet las 24 horas del día los 365 días del año.
¿QUE ES EL
DNI-E?
Es el documento de identificación que acredita de
forma física y digital la identidad personal de su titular y permite la firma
electrónica de documentos.
Con el DNI electrónico cualquier persona puede
realizar múltiples gestiones a través de Internet con las Administraciones
Públicas, con las empresas públicas y privadas y con otros ciudadanos, de forma
segura, a cualquier hora y sin tener que desplazarse, eliminando barreras para
personas con discapacidad y simplificando los Procedimientos administrativos.
El chip contiene la información básica que permite
acreditar electrónicamente la identidad de su titular (datos personales,
fotografía, firma y huella dactilar digitalizada), junto con los certificados
electrónicos y sus claves privadas, además de un certificado de componente
propio del DNI electrónico.
El DNI electrónico no contiene ningún dato
histórico del titular, como tampoco incorpora dato alguno de carácter
sanitario, fiscal, penal, laboral, etc..
CERTIFICADOS
ELECTRÓNICOS
La novedad es la incorporación de un pequeño
circuito integrado (chip) el cuál contiene la información básica que permite
acreditar electrónicamente la identidad de su titular (datos personales,
fotografía, firma y huella dactilar digitalizada), junto con dos certificados
electrónicos:
- Certificado
de Autenticación: Garantiza electrónicamente la identidad del ciudadano al
realizar una transacción telemática. Este Certificado asegura que la
comunicación electrónica se realiza con la persona que dice que es, con el
certificado de identidad y la clave privada asociada al mismo.
- Certificado
de Firma: Permite la firma de trámites o documentos, sustituyendo a la
firma manuscrita. Por tanto, garantiza la integridad del documento firmado, la
procedencia del documento y la autenticidad de origen. Tiene la misma validez
que la firma manuscrita
Para garantizar la integridad, privacidad y
transparencia de las transacciones realizadas con el DNI electrónico, la Autoridad de
Certificación (Ministerio del Interior – Dirección General de la Policía) no tiene acceso
alguno a los datos de las transacciones que se realicen con los certificados
que emita.
La Dirección General de la Policía es el único
organismo autorizado a emitir los certificados digitales para el DNI
electrónico.
Por motivos de seguridad, estos certificados tienen
una vigencia de 30 meses desde la emisión de los mismos. Tras ese periodo el
certificado habrá expirado y deberá renovarse. Es posible renovar los
certificados en cualquier fecha desde el inicio de su vigencia por otros 30
meses más.
Un certificado electrónico caducado no supone que
el DNI electrónico lo esté, aunque imposibilita que se pueda realizar trámites
a través de Internet.
Cualquier usuario puede solicitar la revocación o
anulación de sus certificados en caso de pérdida o robo.
¿PARA QUE NOS
SIRVE?
El DNI electrónico sirve para acreditar de forma
física y digital la identidad personal de su titular y permite la firma
electrónica de documentos.
Tanto la firma como la acreditación electrónica
tienen validez jurídica equivalente a la que proporcionan la firma manuscrita y
la acreditación física.
•
Certificado de vida laboral.
•
Búsqueda de empleo redtrabaj@.
•
Certificados de nacimiento y matrimonio.
•
Prestaciones por desempleo.
•
Declaración de la Renta:
borrador y presentación.
•
Pago de tasas.
•
Creación de empresas.
•
Solicitud de pensión de jubilación.
•
Comunicación de cambio de domicilio.
•
Consulta de inscripción en el censo electoral.
•
Inscripción en el Registro de la Propiedad Intelectual.
•
Vacaciones para mayores.
¿QUE
NECESITO?
- PIN:
En el momento de la expedición del DNI electrónico, se genera un PIN aleatorio
compuesto por entre 8 y 16 dígitos de carácter alfanumérico (es decir,
compuesto por números y letras), que se entrega al ciudadano en ese momento en
un sobre “ciego” (sobre cerrado).
Debido a que el PIN original se genera de forma
aleatoria, es aconsejable cambiar el PIN por una clave secreta más sencilla de
recordar, sin que sea fácil de deducir por terceros. No olvide una serie de
precauciones que dificulten el “robo” de la contraseña.
A través de los “Puntos de Actualización del DNI
electrónico (PAD)”, es decir, terminales existentes en las Oficinas de
Expedición del DNI electrónico
El Punto de Actualización del DNI electrónico
permite realizar diferentes funciones de forma rápida y sencilla:
•
Consultar los datos y los certificados almacenados en el chip del DNI
electrónico.
•
Validar el DNI electrónico y activar el PIN y los certificados.
•
Cambiar el PIN.
•
Verificar que el DNIe funciona correctamente.
•
Renovar los certificados asociados al DNI electrónico.
- Ordenador:
Necesitarás también conexión a Internet cuando la utilización de tu DNI
electrónico sea para acceder a trámites y servicios online.
Los requisitos que debe cumplir el equipo
informático con el que se quiere usar el DNI electrónico son básicos. Cualquier
ordenador común puede ser plenamente útil.
El equipo debe disponer al menos de un Microprocesador
Intel -a partir de Pentium III- o similar. El DNI electrónico puede operar en
diversos entornos, como por ejemplo en la actualidad, Microsoft Windows
(Microsoft Windows -2000, XP, Vista y Windows 7-), Linux, Unix, Mac.
- Lector de
tarjetas: Existen distintas implementaciones, bien integrados en el
teclado, externos (conectados vía USB al ordenador), o bien a través de una
interfaz PCMCIA (es decir, tarjetas de memoria para ordenadores portátiles que
permiten añadir al ordenador nuevas funciones).
- Software:
El software necesario para operar con el DNI electrónico es imprescindible para
que el documento funcione correctamente y permita al ciudadano realizar
trámites de manera cómoda. El software que permite que el ordenador pueda
operar adecuadamente con el lector de tarjetas es el siguiente:
- Controladores (También denominados drivers): Son programas
necesarios para que el ordenador consiga reconocer el lector de tarjetas
inteligentes y poder intercambiar información.
- Módulos criptográficos: Son “piezas” de software que permiten que
el chip de la tarjeta (ya no sólo del DNI electrónico sino de cualquier tarjeta
criptográfica) sea reconocido adecuadamente.
ASISTENTE DE
INSTALACIÓN
El asistente de instalación del DNI electrónico es
un programa que permite:
• Comprobar el estado de tu ordenador para preparar
la instalación o desinstalación del DNI Electrónico
• Ofrece la posibilidad de instalar todos los
elementos necesarios para poder utilizar el DNIe
• Desinstalar el DNIe
Puede descargarse gratuitamentea través de la web
www.usatudni.es, en concreto, en la dirección
https://zonatic.usatudni.es/aplicaciones/asistente-dnie.
LA FIRMA ELECTRÓNICA
La Ley 59/2003, de Firma
Electrónica, define la firma electrónica como el conjunto de datos en forma
electrónica, consignados junto a otros o asociados con ellos, que pueden ser
utilizados como medio de identificación del firmante.
Asimismo, define la firma electrónica avanzada como
la firma electrónica que permite identificar al firmante y detectar cualquier
cambio posterior de los datos firmados, que está vinculada al firmante de
manera única y a los datos a que se refiere, y que ha sido creada por medios
que el firmante puede mantener bajo su exclusivo control.
Y por último, define la firma electrónica
reconocida como la firma electrónica avanzada basada en un certificado
reconocido, y generada mediante un dispositivo seguro de creación de firma. La
firma electrónica reconocida es la única que tiene eficacia equivalente a la
firma manuscrita.
El Ministerio de
Industria, Turismo y Comercio ha puesto a disposición de las PYMES y ciudadanos
la aplicación eCoFirma, una aplicación gratuita, que sirve tanto para firmar
documentos electrónicamente como para comprobar la firma de documentos firmados
de una manera sencilla y rápida. Permite además firmar cualquier tipo de
archivo por varios firmantes simultáneos
FUNCIONES
Las principales funciones de la firma electrónica
reconocida son:
- Identificación del firmante: la firma electrónica
identifica al firmante de forma única igual que su firma manuscrita.
- Integridad del contenido firmado: es posible
verificar que los documentos firmados no han sido alterados por terceras
partes.
- No repudio del firmante: un documento firmado
electrónicamente no puede repudiarse por parte de su firmante.
PROCEDIMIENTO
PARA FIRMAR ELECTRÓNICAMENTE UN TRÁMITE
Los pasos a seguir para firmar electrónicamente un
trámite son los siguientes:
1.
El usuario (ciudadano/a o empresa) provisto de su DNI electrónico accede
por Internet con la entidad (o con otro ciudadano/a) con quien desee realizar
un trámite.
2.
El usuario se autentifica / autentica (se reconoce formalmente que él es
la persona que dice ser). En este proceso de autenticación con el DNIe se
solicita también el PIN. Se establece un canal seguro de comunicación entre
ambas partes para la realización del trámite en cuestión.
3. La entidad (u Organismo Público) muestra un formulario para el trámite
determinado. El usuario cumplimenta el formulario, lo acepta y lo envía.
4.
La entidad (u organismo) reconstruye el formulario en formato texto y lo
reenvía nuevamente al usuario, para su comprobación. El usuario comprueba que
el trámite que está solicitando es exactamente el que pretende (por ejemplo
solicitud de subvención). Se pide que el usuario firme electrónicamente dicho
documento. El usuario, con su PIN y DNI electrónico (integrado en el lector de
tarjetas inteligentes), procede a firmar el trámite. El DNI electrónico firma
electrónicamente el formulario y se envía a la entidad (u organismo).
5.
La entidad (u Organismo) comprueba que la firma es correcta y que el
Certificado electrónico está activo (es decir, que es válido). La entidad
procede a la firma electrónica del trámite.
6.
La entidad (u organismo) envía al usuario un formulario donde consta el
acuse de recibo y la firma
Las gracias a ti, que por lo menos yo aprendí un montón
ResponderEliminarBss
Gracias Ra!!!
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